Ficha versión 2026.1 · última actualización: 14 de julio de 2026
REVAT no cuenta actualmente con el Certificado de Cumplimiento de la NOM-024-SSA3-2012 que emite la Dirección General de Información en Salud (DGIS). Dicha certificación es una evaluación voluntaria, a solicitud del interesado, y no es requisito legal para operar sistemas de registro electrónico en el sector privado. Podremos someternos a ella en el futuro; mientras tanto, esta ficha describe — de forma específica y verificable — las prácticas técnicas del sistema alineadas a los principios de esa norma.
La NOM-024-SSA3-2012 regula los Sistemas de Información de Registro Electrónico para la Salud (SIRES): cómo deben proteger, conservar y permitir el intercambio de la información clínica. A continuación, lo que el sistema hace hoy, principio por principio.
1. Confidencialidad y control de acceso
- Cada negocio (consultorio o clínica) opera en un espacio de datos aislado. La separación se aplica en la base de datos, mediante políticas de acceso por fila — no solo en la interfaz.
- El personal administrativo (recepción, secretaría) gestiona agenda, llegadas y cobros sin poder abrir notas, recetas ni expedientes.
- En clínicas con varios profesionales, cada médico accede únicamente a los expedientes de los pacientes que atiende.
- Cada persona entra con su propia cuenta; toda acción queda atribuida a un usuario identificado.
2. Integridad e inalterabilidad de la información
- Las notas de consulta finalizadas no pueden editarse ni eliminarse: una corrección genera una nueva versión y la anterior queda conservada con su autor y fecha — el equivalente digital de un expediente sin tachaduras.
- Los documentos emitidos (recetas, constancias, consentimientos, interconsultas) nunca se borran: si dejan de ser válidos, se anulan y queda constancia de la anulación.
- La fecha y hora de cada registro la asigna el servidor y no puede modificarse retroactivamente desde la aplicación.
3. Trazabilidad (bitácora de auditoría)
- Cada apertura de expediente, impresión de nota, emisión o anulación de documento y descarga de archivo clínico queda registrada con el usuario que la realizó, la acción y el sello de tiempo.
- La bitácora es de solo escritura para la aplicación: no existe función para editarla ni depurarla.
4. Conservación y disponibilidad
- El expediente clínico se conserva al menos 5 años desde el último acto médico (NOM-004-SSA3-2012). Un paciente con historial clínico no puede eliminarse del sistema: se archiva, y la propia base de datos rechaza el borrado físico de información clínica.
- La información de cada negocio es exportable (expediente por paciente con sus documentos) a solicitud de su titular.
5. Identificación del paciente y folios verificables
- Ficha de identificación conforme a la NOM-004: nombre, fecha de nacimiento, sexo y domicilio; CURP como identificador opcional, único por establecimiento.
- Los documentos clínicos llevan folio único; las recetas incluyen un código QR de verificación pública que confirma su autenticidad y vigencia sin exponer diagnóstico, tratamiento ni datos del paciente.
6. Seguridad de la información
- Comunicaciones cifradas (TLS) y cifrado en reposo provisto por la infraestructura de nube donde se aloja el sistema.
- Los archivos clínicos (estudios, imágenes) se entregan únicamente mediante enlaces firmados de corta duración; cada descarga queda en bitácora.
- Los medicamentos controlados que exigen recetario especial de COFEPRIS (fracciones I y II del art. 226 de la Ley General de Salud) no pueden emitirse en una receta ordinaria del sistema.
7. Protección de datos personales
La NOM-024 remite a la legislación de datos personales: cada establecimiento cuenta con un aviso de privacidad publicado y versionado, y el consentimiento de cada paciente queda registrado con fecha, hora, versión aceptada y canal (reserva en línea o consultorio). El detalle está en el aviso de privacidad de cada establecimiento y en los Términos de Servicio.
En desarrollo — lo que esta ficha aún no incluye
Por transparencia, estas capacidades de la norma están en la ruta del producto y todavía no forman parte del sistema:
- Codificación estructurada de diagnósticos con el catálogo CIE-10 (hoy el diagnóstico se registra como texto dentro de la nota).
- Intercambio de información con otros sistemas conforme a las Guías de Intercambio (GIIS) de la DGIS.
- Firma electrónica avanzada (e.firma) en notas y documentos; hoy la validez documental se sustenta en la impresión firmada por el profesional, más la trazabilidad del sistema.
- El Certificado de Cumplimiento emitido por la DGIS.
Cuando alguna de estas capacidades se incorpore, esta ficha se actualizará con nueva versión y fecha.
Contacto
Preguntas sobre esta ficha: omar_silvap@hotmail.com · +52 314 101 0076